Tratar de ponerse en los zapatos de cada uno de estos personajes, es duro.
Si se trata de entenderla a ella, creo que debería estar extremadamente mal sicológicamente para no darse cuenta de la acción que iba a realizar y algo muy grave pasaba por su mente para rechazar de manera tan drástica a su hijo, pero, así como existen los mecanismos para aprobar un aborto, también los hay para seguir un tratamiento que le permitiera analizar la posibilidad de llevar a término su embarazo y entregar a la creatura para su adopción o en este caso en manos de su padre biológico quien estaba dispuesto a recibirlo con los brazos abiertos.
El compañero de la mujer, estudiante de derecho, dijo a través de una emisora de radio que el embarazo fue consensuado, los dos querían tener el bebé y fue planificado. El hecho de haberse roto la relación de la pareja no es óbice para tomar la decisión de terminar con la vida del feto.
Señala además que el juez había ordenado que la EPS a la cual estaba afiliada la dama, le hiciera una evaluación psicológica para determinar su estado, pero que el dictamen lo realizó un ginecólogo de profamilia y que la manifestación de ella era simplemente que quería continuar con su carrera profesional, que no tenía medios económicos para sostenerlo, que su relación de pareja había terminado hacía más de seis meses y que no se sentía preparada para ser mamá.
Según lo establecido por la Corte en la sentencia C-355 de 2006, un aborto solo puede ser practicado cuando el embarazo constituya peligro para la salud o la vida de la mujer, cuando exista grave malformación del feto o cuando la gestación sea el resultado de una conducta debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento (violación). Claramente se ve, de acuerdo a estos datos que esta no era la situación de la madre.
La alcaldesa de Bogotá, se unió al debate e hizo un “llamado para que se despenalice la interrupción voluntaria del embarazo, y se avance en superar las barreras.
Pro familia, que es una entidad privada sin ánimo de lucro, ratificó en rueda de prensa su compromiso con la garantía de los derechos sexuales y reproductivos y manifestó que cuenta con una política de ruta de atención específica para la interrupción del embarazo “en cumplimiento de la jurisprudencia constitucional” y que con base en un auto emitido el 17 de enero por el juzgado segundo penal del circuito fundamentó su actuar en este caso.
La directora ejecutiva de Profamilia, reiteró el concepto técnico enviado a la Corte Constitucional, en el sentido de que el aborto no debería ser considerado ningún delito y bajo la premisa de que las condiciones del país aún no son las ideales para una despenalización completa la recomendación es que se despenalice en las primeras 15 semanas de la gestación. “El 92 por ciento de las IVE que hacemos se realizan en esta etapa”, apuntó.
Óigase bien señalan 15 semanas, o sea el equivalente a más de 4 meses, cuando ya el feto empieza su periodo de formación real.
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